Normativa y Requisitos para Nuevos Miembros
Normativa aplicable a los socios y requisitos para ser socio de la agrupación profesional LPA
- Todos los socios cumplirán con las presentes normas de LPA. Las normas se ampliarán o modificarán por mayoría simple de los votos en la Junta Anual o en cualquier Junta Extraordinaria convocada al efecto.
- El Comité de Ética de LPA encargado de las quejas supervisará el cumplimiento de estas normas y mediará en los litigios entre socios.
- Los socios deberán pertenecer a una organización profesional, tales como las Asociaciones Profesionales de Agentes de la Propiedad (GIPE, API, NAEA, MICS).
- A un aspirante a socio no se le podrá denegar la condición de socio alegando que pertenece a la competencia de socios existentes.
- Los nuevos socios deben ser patrocinados por al menos tres socios existentes.
- Los socios deben tener una experiencia profesional como agentes inmobiliarios de al menos cinco años en la Costa del Sol.
- Los socios no pueden tener antecedentes penales.
- Los socios deben tener todas sus propiedades recogidas en una base de datos técnicamente apta para ser vinculada a la página web de LPA. Dicha base de datos debe constar de un mínimo de cien unidades a la venta. Las nuevas promociones y las parcelas de una misma manzana se considerarán como una sola unidad. En caso de que una base de datos de un nuevo socio sea diferente de las demás desde el punto de vista técnico, el coste de conseguir enlazar esta base de datos con la página web de LPA será abonado por dicho socio.
- Los socios deben asegurarse de que su personal esté plenamente informado de las normas de LPA y cada socio será responsable del comportamiento profesional de su personal.
- Todos los socios deben poner el 100% de sus listados de propiedades a la disposición de los demás socios.
- Los socios deben respetar los porcentajes de comisión pactados con sus clientes y abstenerse de hacer tratos basados en “el importe neto recibido”.
- Habiendo tenido acceso al mismo, cada socio debe respetar el listado de los demás compañeros de profesión durante un período mínimo de tres meses tras la visita de la propiedad, incluso si es el mismo vendedor quien contacta directamente con el socio.
- En el caso de que un socio de LPA, un familiar o miembro del personal del socio, desee comprar una propiedad que figura en su propio listado, dicho socio acatará las normas internacionales de transparencia y evitará crear conflictos de intereses. El vendedor será informado por escrito de la situación cuando se haya hecho una oferta.
- Los socios deben incluir el logotipo de LPA en sus carátulas, tarjetas de visita, hojas de datos y publicidad.
- Los socios que hayan dejado de serlos, sea cual fuera el motivo, no podrán usar o mostrar el logotipo de LPA.

